Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( C.U.C.I.C.B.A.)

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01.11.19

OBLIGATORIEDAD DE REGISTRACIÓN EN LA UIF

Se recuerda a los colegas matriculados la plena vigencia de la resolución 16/2012 de la UIF (Unidad de Información Financiera). En virtud de la misma, los corredores inmobiliarios ESTAMOS OBLIGADOS a inscribirnos vía web en la UIF.

El ámbito de aplicación de esta norma es en todo el territorio de la República Argentina, y estableció como sujetos obligados a brindar información a este organismo, a los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario.

Se establece un tipo de informe:
-Reporte de Operaciones Sospechosas: (se incluyen en este informe aquellas operaciones que a juicio del corredor inmobiliario se consideran sospechosas de lavado de activos o financiación del terrorismo).

Hay ciertos aspectos que son importantes destacar:
1. La responsabilidad del corredor inmobiliario finaliza con la presentación del informe ante la UIF,
2. Que el mismo es confidencial y no se le debe notificar a ninguna de las partes la presentación del mismo,
3. El reporte de información sospechosa se presenta luego de concretada la parte inherente al corredor inmobiliario,
4. Que las partes deberán integrar los formularios que se encuentran disponibles en la web de CUCICBA (
http://colegioinmobiliario.org.ar/biblioteca.asp) en presencia del corredor inmobiliario o de la persona que este designe,
5. Que toda la documentación de la operación deberá ser resguardada en formato de papel o digital por un periodo de 10 años,
6. En base a las declaraciones que efectúen las partes intervinientes en toda negociación y el conocimiento de su cliente, el corredor inmobiliario deberá evaluar, en base a su criterio, si corresponde o no la presentación del informe ante la UIF. Ante la menor duda, nuestra recomendación es la presentación del correspondiente informe a fin de evitar cualquier tipo de responsabilidad posterior,
7. Para el caso de sociedades, el sujeto responsable es siempre el corredor inmobiliario matriculado en CUCICBA, pudiendo delegar en otras personas de su organización la responsabilidad de informar a la UIF (oficiales de cumplimiento), pero eso no lo deslinda de la obligación de supervisar su gestión. 

Ante cualquier consulta sobre este tema y su aplicación, por favor comunicarse al Colegio con Federico Conte al mail: fconte@colegioinmobiliario.org.ar