Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( C.U.C.I.C.B.A.)

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29.05.23

Eximición del ABL en C.A.B.A. a los Inmuebles en Alquiler

Eximición del ABL en C.A.B.A. a los Inmuebles en Alquiler

Se exíme del pago de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza, y del impuesto inmobiliario a los beneficiarios incluidos en la presente Ley. La presente Ley tiene por objeto la implementación de incentivos fiscales sobre los inmuebles establecidos en el Título IV del Código Fiscal (T.O. 2023), a fin de promover exclusivamente la oferta de inmuebles destinados a locación con destino a vivienda, exceptuándose las locaciones y/o sublocaciones de vivienda con muebles que se arrienden con fines turísticos. Todo esto a los efectos de ampliar la oferta y así facilitar que más ciudadanos accedan a la locación de una vivienda.