Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( C.U.C.I.C.B.A.)

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20.10.16

El Colegio no ha incumplido absolutamente nada

INJUSTICIA MANIFIESTA

Ante la multa impuesta a nuestro Colegio Profesional en el Expte. A2206-2016/4 “ASOCIACIÓN CIVIL POR LA IGUALDAD Y LA JUSTICIA Y OTROS C/ COLEGIO UNICO DE CORREDORES INMOBILIARIOS DEL CABA S/ AMPARO s/inc. de medida cautelar”, entendemos que una vez más se incurre en una resolución arbitraria al no conceder el recurso con carácter suspensivo. Es decir, que el importe, conforme criterio judicial, debe ir a parar a manos de la Asociación antes de que la Cámara decida si corresponde o no la aplicación de la multa. Se incurre en incumplimiento flagrante del fallo de la alzada, que ha revocado parcialmente lo decidido por el Dr. Segón, en relación a la multa. Y por tanto, nuevamente, resulta parcial esta decisión. Sin dejar de mencionar que el monto de $150.000 impuesto no encuentra fundamento, que el hecho de transferir el importe a favor de la actora, sin estar firme el mismo, resulta abusivo y que tampoco goza del debido fundamento la imposición de la multa, más allá de su cuantía porque S.S. ni siquiera requiere contracautela y en virtud de los fundamentos de la apelación que se adjunta, se evidencia la flagrante arbitrariedad y la carencia de fundamentos fácticos y jurídicos en tal decisorio. Por todo ello hacemos saber a nuestros colegiados y a la opinión pública en general que manifestamos nuestro firme repudio a lo decidido.