Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( C.U.C.I.C.B.A.)

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07.09.17

LEY DE ALQUILERES

Estimado matriculado:

En el día de hoy 07/09/2017 la legislatura de la Ciudad nos ha hecho saber telefónicamente que ha informado a la Asociación de Inquilinos y a los medios que la reforma a la ley 2340 estaba vigente a partir de la fecha. Consultado que fue el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, nos informa que aún no está publicada, hecho que se corroboró de la simple lectura del boletín del día de la fecha.

Conforme Dec. 964/08 del PEN art. 2, las leyes no entran en vigencia hasta su publicación en el Boletín Oficial. El decreto establece la obligatoriedad de dicha publicación respecto de resoluciones, decretos y leyes, además de sus anexos, y todo acto o documentación dispuesto por la legislación vigente.

Una vez que este efectuada esta publicación las leyes entran en vigencia en la fecha que disponen en su texto, y siempre tomando esta fecha a partir de la publicación oficial, a falta de disposición, entran en vigencia ocho días corridos después de ser publicadas.

Tratándose de leyes de orden público, su aplicación a las consecuencias no cumplidas de las relaciones en curso de ejecución no resulta la aplicación retroactiva de la ley.

Para aplicar la nueva ley que nos impide cobrar honorarios al inquilino, rige la fecha de cobro y no la fecha de reserva.